Fuente: Diario Vasco (28 de diciembre de 2011)
El decreto aprobado ayer por el Gobierno Vasco para
regular las entidades colaboradoras de adopción internacional (ECAIs)
pretende que las familias que se planteen iniciar los trámites para
traer un menor del extranjero sepan desde el primer momento «cuánto les
va a costar el proceso, ya que cada país tiene condiciones diferentes».
Así lo declaró ayer el director de Servicios Sociales, Iñaki Múgica,
quien explicó que la normativa reemplaza otra disposición de rango
similar de 2003 que pasó desapercibida porque ninguna ECAI pudo
acreditarse en Euskadi con arreglo a sus condiciones.
Entre ellas ya se incluía la convocatoria de un concurso
público, igual que ahora; pero el único que se ha organizado en los
últimos ocho años quedó desierto porque ninguna asociación cumplió los
requisitos exigidos. A causa de ello, las entidades de adopción se han
regido en la práctica por la regulación de 1996, que contemplaba la
designación directa, a petición del solicitante, para desarrollar su
actividad en la comunidad.
El nuevo decreto pone fin a esa indefinición y establece
unos criterios ajustados a la realidad de las ECAIs, a fin de que puedan
obtener la acreditación a través de un proceso transparente. Las
agencias que ya están autorizadas para operar en Euskadi dispondrán de
cuatro meses para renovar los permisos. Estos tendrán una vigencia de
tres años y no serán de carácter general, sino que solo servirán para
tramitar adopciones de un país concreto. La prórroga de la autorización
precisará de un permiso expreso por parte del Ejecutivo autónomo.
Gastos de actividad
Las organizaciones colaboradoras deberán abrir una sede
en la comunidad autónoma, con un horario de atención al público de al
menos cuatro horas diarias, de lunes a viernes, y con atención
telefónica y telemática permanentes. Contarán con una representación
legal en el país extranjero donde gestionen las adopciones, estando
obligadas a demostrar un conocimiento exhaustivo del mismo, así como de
sus procedimientos y sistema jurídico.
Al tratarse de grupos que no tienen ánimo de lucro, las
ECAIs no podrán cobrar honorarios por sus servicios, aunque sí los
gastos originados por su actividad: papeleo, etc. Además, se recupera la
obligación de las entidades colaboradoras de adopción internacional de
someterse anualmente a una auditoria en las condiciones que determine el
Gobierno Vasco, que podrá designar la entidad encargada de realizarla.
Se regula el fraccionamiento de los pagos en tres
momentos, inicio, aceptación de la preasignación y fin, y se incorpora
la obligación de la entidad de dar publicidad a los costes de la
tramitación de la adopción a una auditoría en las condiciones que
establezca la Administración autónoma, que podrá elegir la firma
encargada de realizar el proceso de fiscalización.
El Gobierno Vasco ha recuperado la obligación de hacer
públicos los costes económicos del proceso para que los futuros padres
los conozcan de antemano. Las familias habrán de realizar tres pagos. El
primero, cuando se haya producido la declaración de idoneidad, cubrirá
el 40% de los gastos. El segundo, tras la preasignación del menor a sus
futuros padres, ascenderá al 30%. Y el tercero, en el momento en que la
familia viaje para recoger al niño. Los adoptantes y las ECAIs
utilizarán el modelo de contrato de mediación. Las asociaciones tendrán
una plantilla de carácter multidisciplinar, formada como mínimo por una
persona licenciada en Derecho, otra licenciada en Psicología y una
graduada en Trabajo Social.
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